Nuevos ERTES de Formación
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.
La prórroga de las ayudas para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) aprobada por el Gobierno, tras llegar a un acuerdo con patronal y sindicatos, es de máximo interés para el sector turístico.
Según los datos de empleo, el 50% de las personas que continúan en un ERTE pertenece a una actividad relacionada con el turismo. El impacto de la pandemia es todavía particularmente acusado en las agencias de viajes (con más de 26.494 trabajadores en ERTE, 62% del total), las empresas de transporte aéreo (19.596 trabajadores, que constituyen el 52% del total), servicios de alojamiento (142.982 personas, 47% del total) y otros subsectores turísticos, hasta sumar 522.790 personas. Cifras que ponen de manifiesto, sin ningún género de dudas, la necesidad de esta prórroga y la –no siempre suficientemente reconocida– importancia del turismo en nuestro país.
La principal novedad de estos últimos ERTE, que se extenderán hasta el 28 de febrero, es que estarán vinculados a que las empresas formen a sus trabajadores. Se trata de un enfoque que, desde este momento, pone en un lugar muy protagonista los distintos planes de formación de las consultoras y escuelas de negocio especializadas como CESAE Tourism &Business School. Estos “ERTE formativos”, como los ha denominado el ministro José Luis Escrivá, van a suponer para muchos trabajadores una auténtica oportunidad para ampliar aprendizajes, actualizar conocimientos y mejorar trayectorias educativas que van a incidir positivamente en sus carreras profesionales.
Importante recordar que los negocios acogidos a estos ERTE sólo tendrán exoneración de cuotas de la Seguridad Social si entran dentro del listado de sectores más afectados por la pandemia entre las que se encuentran las actividades vinculadas al turismo, la restauración, el comercio, la cultura y el ocio. Asimismo, también podrán beneficiarse de las exoneraciones los negocios que dependan de estos sectores siempre que se justifique que, al menos, la mitad de sus ingresos en 2019 estaban vinculados a las empresas más afectadas. Podrán solicitar los ERTE por fuerza mayor, hasta el final de octubre de 2021, aquellas actividades que entre finales de abril de 2020 y finales de mayo de 2021, han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 75% y tengan un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%..
Los puntos clave de los nuevos ERTE formativos que entrarán en vigor el 1 de noviembre con las siguientes características:
La prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes a fecha de 30 de septiembre de 2021 se autorizará previa presentación, ante la autoridad laboral que autorizó o tramitó el expediente correspondiente, entre el 1 y el 15 de octubre de 2021. De no presentarse la solicitud acompañada de dicha documentación dentro del plazo establecido, el expediente de regulación temporal de empleo se dará por finalizado y no será aplicable desde el 1 de noviembre de 2021.
1. Los expedientes de regulación de empleo NO se prorrogan automáticamente
La solicitud de prórroga del expediente deberá ir acompañada de una relación de las horas o días de trabajo suspendidos o reducidos durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 de cada una de las personas trabajadoras, debidamente identificadas en relación con cada uno de los centros de trabajo. Si el ERTE es ETOP (basado en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción), la solicitud y la relación de horas se acompañarán de un informe de la representación de los trabajadores.
2. El silencio administrativo significa que se ha concedido
La administración deberá dictar resolución en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la presentación de la solicitud. En caso de no recibir resolución expresa se entenderá admitida la solicitud de prórroga.
El acuerdo contempla que se aplique con carácter positivo el silencio administrativo. Es decir, si la Administración no contesta a la solicitud del empleador en un plazo de diez días, el nuevo ERTE se dará por concedido.
3. Protección del empleo
El tiempo consumido de desempleo desde septiembre de 2020 no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023. Los trabajadores fijos discontinuos recuperar la prestación extraordinaria y los trabajadores en ERTE seguirán percibiendo la misma prestación que cobran actualmente: el 70% de su base reguladora.
Además de prorrogar los ERTES, se mantiene la obligación del mantenimiento de empleo en los términos del Real Decreto Ley 30/2020. Esto implica que, las empresas que accedan a las nuevas exoneraciones, quedarían obligadas a un nuevo periodo de 6 meses de mantenimiento, que se sumaría al compromiso de mantenimiento adquirido previamente.
4. Exoneraciones en los ERTE de formación
Las empresas que promuevan la formación de sus empleados podrán acceder a mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
El objetivo de esta medida es fomentar la formación en los nuevos ERTE. La formación para personas afectadas por un ERTE continúa siendo prioritaria
- Empresas con menos de 10 trabajadores: 80% de exoneraciones si realizan formación y 50% si no lo hacen.
- Empresas con más de 10 trabajadores: 80% de exoneraciones si realizan formación y 40% en el resto de casos.
En los ERTE de impedimento de actividad, las exoneraciones serán siempre del 100%.
En todo caso, habrá que comunicar una Declaración responsable ante TGSS como se ha venido haciendo en estos meses.
El número mínimo de horas de formación que debe realizar cada persona trabajadora por las que las empresas se hayan aplicado exenciones se establece a continuación en función del tamaño de la empresa, a partir de 10 personas de plantilla:
- De 10 a 49 personas trabajadoras: 30 horas
- De 50 o más: 40 horas
5. Beneficios para las empresas que promuevan los nuevos ERTE
Las empresas que formen a personas afectadas por ERTE tendrán derecho a un aumento del crédito para la financiación de actividades formativas en función del tamaño de la empresa:
- De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
- De 10 a 49 personas trabajadoras: 400 euros por persona.
- De 50 o más personas: 320 euros por persona.
A través de estas acciones se priorizará el desarrollo de actividades formativas dirigidas a atender las necesidades formativas reales de las empresas y los trabajadores, incluyendo las vinculadas a adquisición de competencias digitales.
Las acciones formativas tendrán como objetivo la mejora de las competencias profesionales y la empleabilidad de las personas trabajadoras afectadas por los ERTE.